DULCE COMO MIEL

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YICESITA

viernes, 18 de abril de 2008

PROFESIÓN CONTABLE

JUNTA CENTRAL DE CONTADORES


Es uno de los órganos de la profesión contable, responsable de llevar a cabo el registro y control de los contadores públicos y personas jurídicas prestadoras de servicios contables, a favor de quienes expide, en su orden, la tarjeta profesional y la tarjeta de registro, documentos habilitantes para ejercer la profesión en nuestro país.


FUNCIONES



En los términos previstos por el artículo 20 de la Ley 43 de1990, corresponde a la Junta Central de Contadores:.
1) Ejercer la inspección y vigilancia, para garantizar que la contaduría pública solo sea ejercida por contadores públicos debidamente inscritos y que quienes ejerzan la profesión de contador público, lo hagan de conformidad con las normas legales, sancionando en los términos de la ley a quienes violen tales disposiciones.
2) Efectuar la inscripción de los contadores públicos, suspenderla o cancelarla cuando haya lugar a ello, y llevar a cabo su registro.
3) Expedir la tarjeta profesional de contador público y su reglamentación, además de las certificaciones que correspondan al ámbito de sus competencias institucionales.
4) Denunciar ante las autoridades competentes a quien se identifique y firme como contador público sin estar inscrito como tal.
5) Hacer que se cumplan las disposiciones sobre ética profesional.
6) Establecer juntas seccionales y delegar en ellas las funciones indispensables para facilitar la adecuada prestación de sus servicios.

EL CONSEJO TECNICO DE LA CONTADURIA PUBLICA

Son el órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares, en la orientación técnico-cientifica de la profesión de Contaduría Pública, liderando la investigación para fortalecer el ejercicio profesional, en un entorno globalizado.

FUNCIONES

* Promover la más alta calidad en la prestación de servicios profesionales de los Contadores Públicos en las actividades de la ciencia contable, fundamentados en el conocimiento técnico- científico, motivados por el interés público y valores éticos para beneficio de los usuarios y la sociedad en general.* Servir como órgano consultor del Estado y de los particulares en aspectos técnico- científicos de la contaduría pública y del desarrollo del ejercicio profesional.* Desarrollar y promover la investigación técnico- científica en las áreas propias de la ciencia contable.* Pronunciarse desde la perspectiva técnico- científica sobre la legislación relativa al ejercicio profesional.* Promover una educación contable que contribuya a la formación integral de los contadores públicos, ubicándolos en posición de gestores de cambio en el nuevo contexto de la economía.* Promover y desarrollar el intercambio con organizaciones nacionales e internacionales para la integración y actualización de conocimientos* Participar en la expedición de una legislación que permita el ejercicio profesional libre, acorde con los objetivos sociales de la contaduría pública.* Establecer comunicación permanente y oportuna con los integrantes de la profesión, sobre sus doctrinas y orientaciones, así como sobre los mas avanzados desarrollos regulativos y científicos de la profesión en el ámbito nacional o internacional.

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