¿Que otras responsabilidades tienen los Contadores respecto a sus actuaciones?
PENAL* Sancionatoria: pena de prisión, multa, inhabilitación.
*Quiebra fraudulenta (“contador o tenedor de libros que hubiere cooperado…”).
*Fraude al comercio o la industria (afectar precios, ya sea certificando o no documentación contable) *Consentir actos contrarios al estatuto societario o la ley.
*Presupuestos (“acción típica, antijurídica y culpable”):· Acción: comisión u omisión. Autoría y Participación.· Tipicidad: “principio de legalidad”.· Antijuridicidad: violación de un deber.· Imputabilidad: culpa o dolo (no objetiva).
CIVIL
* Reparatoria (resarcitoria): indemnización de daños y perjuicios (daño emergente, lucro cesante y pérdida de chance; daño moral). Es “asegurable”.
* Ámbitos (pueden co-existir):· Contractual (vgr.: CDOR/ cliente: locación de servicios; CDOR como dependiente: casos de responsabilidad LCT respecto del empleador).· Extra-contractual (CDOR/ terceros).
* Presupuestos de Responsabilidad por “Mala Praxis” (práctica profesional defectuosa).· Conducta: Comisión u Omisión.· Antijurídica: Deber legal o contractual.· Imputable: Dolo, culpa· Daño Resarcible: cierto, no conjetural.
TRIBUTARIA :
* Pago de tributos (y accesorios): responsable por deuda propia o por deuda ajena.
* Excepcional para CDOR en su desempeño profesional (vgr.: síndico concursal en la quiebra).
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